jueves, 16 de junio de 2016

Decreto No. 36-95 que nombra al señor Francisco del Carmen Bueno, Encargado de Pasaporte de La Vega.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 36-95

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El señor Francisco del Carmen Bueno, queda designado Encargado de Pasaporte de La Vega, en sustitución de la señora Francisca de Rojas.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y cinco, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

martes, 14 de junio de 2016

Decreto No. 35-95 dispone que la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., expedirá el cheque de los valores producto de la comercialización de los derivados del petróleo, por concepto del Diferencial a los Carburantes


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 35-95

                        CONSIDERANDO: Que es prioridad nacional asegurar los fondos necesarios que aporta el Estado para el pago de la Deuda Pública Externa que se realiza a través del Banco Central de la República.


                        CONSIDERANDO: La vocación para estos fines de los valores de los "Diferenciales a los Carburantes", resultantes del precio de venta en Refinería y de la Paridad de Importación.


                        CONSIDERANDO: Que dichos valores están consignados en la Ley de Gastos Públicos y en los estimados de ingresos y por tal razón deben ser registrados en la Contraloría General y la Tesorería Nacional con los documentos apropiados.


                        CONSIDERANDO: Que es necesario que estos valores para el pago de la Deuda Pública Externa estén dotados de mejores y más adecuados mecanismos de control que permitan al Estado Dominicano dar adecuado destino a los recursos obtenidos por medio de los "Diferenciales a los Carburantes" y que éstos sean recibidos por el Banco Central de la República.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo 1.- La Refinería Dominicana de Petróleo, S.A. expedirá el cheque de los valores producto de la comercialización de los derivados del petróleo, por concepto del "Diferencial a los Carburantes", a favor del Tesorero Nacional para ser depositado en el Banco de Reservas.


                        Artículo 2.- La Secretaría de Finanzas solicitará el desembolso por el mismo monto, por la vía normal de asignación y libramiento, para ser transferido al Banco Central de la República Dominicana para la cuenta "Gobierno Dominicano", cuenta para el pago de la Deuda Externa, aporte del Gobierno Central No.2253-10.


                        Artículo 3.- Será responsabilidad de las instituciones involucradas en las tramitaciones especificadas en los Artículos 1 y 2 de que dichos recursos serán entregados al Banco Central en un lapso de tiempo no mayor de 48 horas hábiles.


                        Artículo 4.- El Banco Central de la República Dominicana deberá informar de los valores recibidos al Poder Ejecutivo, a la Secretaría de Finanzas y a la Contraloría General de la República, para los fines de comprobación.


                        Artículo 5.- La Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., remitirá copia de los depósitos que realice en la Tesorería Nacional, al Banco Central de la República, al Poder Ejecutivo y a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.


                        Artículo 6.- Envíese al Banco Central de la República, a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Contraloría General de la República, a la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., a la Oficina Nacional de Presupuesto y la Tesorería Nacional, para su más estricto cumplimiento.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y cinco, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

sábado, 23 de enero de 2016

Los nuevos mandamientos para los Abogados y Abogadas de la República Dominicana



1º.  Estudia
, sin olvidar cobrar porque los libros y los estudios son muy caros,  los cursos, talleres y seminarios, diplomados y maestrías que cuestan un riñón, porque tú sabes que no son gratis, son súper caras.

2º. Piensa, la única manera de aliviar el estrés del trabajo y evitar las preocupaciones cotidianas es cobrando bien.
 
3º. Trabaja,  no seas tonto o tonta antes de ponerte la toga y el birrete debes cobrar.
 
4º. Lucha. Luchas para que el Cliente te pague antes de dar el primer paso.

5º. Sé leal. Sé leal con Dios, con contigo mismo, con tu familia y esa es la razón más grande para cobrarle bien al cliente, así tendrá un ambiente mental extraordinario lleno de paz,  frente al adversario y sobre todo frente al juez.

6º. Tolera,  tolera que otros abogados no quieran cobrar consultas y honorarios profesionales por adelantado, y quítate de la mente cobrar cuando concluya el caso. ¿Y sí se muere el cliente, y sí se muere el deudor, o no tiene nada? Reflexiona!

7º.  Ten paciencia, evita trabajar sin cobrar, Dios sabe lo importante de tu trabajo, de tu profesión para mantenerte tú y tu familia, así nunca más estará intranquilo.


8º. Ten fe, a pesar de tantas teorías, demandas y exigencias a los abogados y abogadas de todo tipo, preparación académica, buena presencia, el buen hablar etc., que nunca se te olvide cobrar, si cobras bien, cumplirá con los mandamientos de Dios.

9º. Olvida, si te olvidas de cobrar consultas y recibir una parte de tus honorarios profesionales por adelantado, tu vida se llenará de estrés, al punto que tendrá vergüenza frente a ti mismo, frente a Dios y a tu familia.


10º. Ama tu profesión, por favor si tu hijo considera estudiar derecho, no olvides de decirle que lo primero es cobrar para suplirse así mismo, cumplir con Dios, su familia y la sociedad.

                            Por David Richardson Santana

¿De qué viven los abogados y abogadas?

Es muy fácil dibujar una paloma, lo duro es hacerle el pico y que coma... Los médicos NO operan, NO CONSULTAN a NADIE SINO HAY DINERO, Los ingenieros no inician NINGUN PROYECTO SIN DINERO, y los empresarios no hacen negocios para PERDER... EVITA LAS TRAMPAS DEL DIABLO...

Por la dignidad de nuestra profesión, 1 Timoteo 5:18 Pues la Escritura dice: No pondrás bozal al buey que trilla; y Digno es el obrero de su salario.

Dar, ayudar, colaborar con otros, son mandamientos divinos, mantener la familia... pero ¿Cómo lo hace un abogado que no cobra consultas y honorarios por adelantado?

No creas en cuento de camino, para que vayas aprendiendo, para que te desarrolle, MENTIRA DEL DIABLO, cobra y todo lo demás que venga por añadidura.

Evitemos las trampas del Diablo, con un caso de tierras en Bávaro, un caso de tierra en Samaná (Donde no hay ma-ná), un cobro de cheque de alguien ya explotado económicamente, un deudor que no tiene nada, SIN UN CHELE EN LOS BOLSILLOS, ¿Cómo mantengo a la familia? ¿Cómo cumplo con Dios (Dar, Ayudar, Colaborar, etc.?